Acerca de los Espacios 100% Libres de Humo de Tabaco y Emisiones

¿Qué son los Espacios 100% Libres de Humo de Tabaco y Emisiones?

Se define como aquella área física con acceso al público, todo lugar de trabajo, de transporte público o espacio de concurrencia colectiva, en los que por razones de orden público e interés social queda prohibido fumar, consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o de nicotina; Artículo 6 Fracción X de la Ley General para el Control de Tabaco.


¿Por qué es importante tener Espacios 100% Libres de Humo de Tabaco y Emisiones?

Con el fin de proteger a las personas de la exposición al humo de segunda y tercera mano, así como de reducir el riesgo de enfermedades asociadas al consumo y la exposición al tabaco, a productos novedosos y emergentes, se promueve el respeto al derecho de las personas no fumadoras a convivir en espacios 100% libres de humo de tabaco y emisiones.


¿Qué hace el IAPA respecto a los Espacios 100% Libres de Humo de Tabaco?

Realiza acciones de fomento sanitario mediante la difusión constante de información sobre los daños asociados al consumo de productos con nicotina. Además, brinda orientación y alternativas de tratamiento a quienes desean dejar de fumar, promoviendo así una salud integral para todas las personas. Estas acciones contribuyen a fortalecer una cultura de respeto hacia los espacios 100% libres de humo de tabaco y emisiones.


¿Cuál es el marco jurídico en el que se enmarcan?

Los espacios 100% libres de humo de tabaco y emisiones se enmarcan en la siguiente normatividad vigente:

  • Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco
  • Ley General para el Control del Tabaco y su Reglamento
  • Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores en la Ciudad de México y su Reglamento

¿Cómo puedo saber si una institución cumple con las regulaciones establecidas por la ley?

Para verificar si una institución cumple con las disposiciones legales sobre los Espacios 100% Libres de Humo de Tabaco y Emisiones (E100%LHTE), puedes considerar lo siguiente:

  • Programa institucional de protección
    La institución debe contar con un Programa para la Protección contra la Exposición al Humo de Tabaco y Emisiones, que establezca acciones, responsabilidades y mecanismos para garantizar el cumplimiento de la normativa.
  • Señalética visible y vigente
    Deben colocarse en el inmueble avisos visibles que:
    • Prohíban el consumo de tabaco y vapeadores.
    • Adviertan sobre las sanciones por incumplimiento.
    • Incluyan los números de contacto para quejas y denuncias.
  • Placa oficial de reconocimiento

La institución debe tener en un lugar visible la placa oficial que la reconoce como Espacio 100% Libre de Humo de Tabaco y Emisiones, otorgada por la autoridad sanitaria competente.


¿Cuál es el procedimiento para obtener el reconocimiento de Espacio 100% Libre de Humo de Tabaco y Emisiones?

Para obtener el reconocimiento oficial como Espacios 100%LHTE, las instituciones deben seguir los siguientes pasos:

  • Solicitar asesoría informativa
    Acudir o comunicarse con el IAPA para recibir orientación sobre los requisitos y el proceso para obtener el reconocimiento.
  • Elaborar el Programa de Protección
    Diseñar un Programa para la Protección contra la Exposición al Humo de Tabaco y Emisiones, que contemple acciones preventivas, responsabilidades y mecanismos de seguimiento.
  • Difundir el programa
    Informar y sensibilizar tanto al personal como a las personas usuarias de la institución sobre el contenido y objetivos del programa.
  • Colocar señalética oficial
    Instalar señalización visible y vigente que indique la prohibición del consumo de productos de tabaco y emisiones, las sanciones por incumplimiento y los canales de denuncia.
  • Recibir una visita de evaluación
    Permitir que personal del IAPA realice una visita de evaluación para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el programa.

Glosario de términos y conceptos relevantes

Espacios de concurrencia colectiva
Se consideran espacios de concurrencia colectiva aquellos donde se congrega o transita un número significativo de personas. Incluyen: patios, terrazas, balcones, parques de diversiones, áreas de juegos, lugares donde permanezcan niñas, niños y adolescentes, parques urbanos, deportivos, playas, centros de espectáculos y entretenimiento, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hoteles, hospitales, centros de salud, clínicas, sitios o lugares de culto religioso, establecimientos de consumo de alimentos o bebidas, paraderos de transporte, entre otros que determine la Secretaría correspondiente conforme a la Ley y su Reglamento.

Productos novedosos y emergentes
Se refiere a dispositivos como los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN), conocidos comúnmente como cigarrillos electrónicos. Estos sistemas calientan una solución líquida para generar un aerosol que puede contener saborizantes, propilenglicol, glicerina y nicotina.

Humo de segunda mano
Es el humo que proviene del extremo encendido de un cigarro, cigarro o pipa, así como el que exhalan las personas fumadoras. Contiene sustancias tóxicas e irritantes que afectan a quienes lo inhalan de manera pasiva, provocando daños en pulmones, garganta, ojos y otros tejidos.

Humo de tercera mano
Se refiere a los residuos tóxicos del humo del tabaco que permanecen en superficies como muebles, ropa, paredes, cabello y piel, incluso después de haber apagado el cigarro. Estos compuestos pueden reactivarse y representar un riesgo para la salud, especialmente en espacios cerrados.

Fomento sanitario
Es el conjunto de acciones orientadas a promover la mejora continua de las condiciones sanitarias en procesos, instalaciones, productos o servicios que puedan representar un riesgo a la salud de la población. Incluye campañas informativas, asesoría técnica, promoción de buenas prácticas y vigilancia del cumplimiento normativo.